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Inicia cobro del Comparendo Ambiental

Comparendo ambientalLa secretaria Distrital de Gobierno, Gloria Flórez Schneider dijo que el próximo 28 de noviembre se cumplen los tres meses de acción pedagógica sobre la aplicación del ‘Comparendo Ambiental’ y a partir de esa fecha se iniciará la aplicación plena de las sanciones establecidas en el decreto 349 del 27 de agosto de 2014 “por el cual se reglamenta la imposición y aplicación del ‘Comparendo Ambiental’ en el Distrito Capital”.

“Queremos que la ciudadanía se comprometa con esta campaña para jugarle limpio a la ciudad” dijo la señora Flórez al hacer una invitación para que los ciudadanos conozcan y apoyen la política de ‘Bogotá Basura Cero’: “esperamos contar con una ciudadanía consciente, que no vota las basuras y los escombros a la calle”, señaló.

La titular de la cartera de Gobierno indicó que será la Policía Metropolitana de Bogotá la entidad encargada de la aplicación del ‘Comparendo Ambiental’ y anunció que conjuntamente con la Secretaría de Ambiente y la UAESP, se implementará una acción pedagógica en todos los colegios distritales.

Por su parte, el subsecretario para asuntos locales, José Cuesta Novoa, manifestó que desde su oficina se coordinará con las 20 localidades una jornada de intervención en 40 puntos críticos de la ciudad, que son considerados botaderos ilegales de residuos y escombros, para, en coordinación con las comunidades y bajo la modalidad de minga comunitaria, realizar tareas de recuperación. Estos lugares públicos serán declarados “territorios libres de disposiciones ilegales de residuos sólidos y de escombros”, señaló.

A quienes afecta

Con esta normativa, quien saque basura en horarios no autorizados; no use recipientes dispuestos para depositar desechos; disponga residuos sólidos y escombros en sitios públicos; arroje basura a fuentes de agua y bosques; disponga de manera inadecuada animales muertos dentro de los residuos domésticos; dificulte el barrido y la recolección de basuras; realice quema de basura sin las medidas de seguridad; lave cualquier objeto en vías públicas; no recoja el excremento que deja la mascota; arroje basura desde un vehículo, y disponga desechos industriales sin las medidas de seguridad y en lugares no autorizados, para quien arroje residuos en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructuras de servicios públicos, será sancionado.

Las sanciones a quienes incumplan lo establecido en el Decreto 349 del 27 de agosto de 2014 van desde 5 salarios mínimos vigentes, hasta máximo 15 salarios mínimos vigentes y se impondrán a los ciudadanos, empresas y personas jurídicas dependiendo de la gravedad del caso: “para los ciudadanos individualmente, la sanción será de 5 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes – SMDLV, mientras que para las empresas y las personas jurídicas la sanción equivaldrá a 5 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes – SMMLV , de igual manera, se aplicarán sanciones de 10 SMDLV para los ciudadanos y 10 SMMLV para las empresas y personas jurídicas; mientras que la sanción más alta será de 15 SMDLV para personas naturales y 15 SMMLV para empresas y personas jurídicas” confirmó Cuesta Novoa.



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Esta historia fue escrita por Luis Moreno y publicada el lunes, noviembre 10, 2014 y está archivada en la(s) sección(es) Noticias Generales. Usted puede seguir las respuestas y comentarios a través del RSS 2.0 "feed". Puede dejar su comentario, o trackback de su propio sitio web.
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