La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el nuevo Código de Policía en último debate, con 245 artículos que regulan el comportamiento de los ciudadanos en todo el territorio y que pretenden actualizar las herramientas de la Policía Nacional para mantener la convivencia en ámbitos que no están contemplados en el Código actual, que rige desde hace 40 años.
La Alianza Verde y el Polo Democrático fueron los más críticos a lo propuesto por el Gobierno Nacional en esta nueva reglamentación, al calificarla de represiva y coercitiva por la forma en la que se toca a los habitantes de calle, los niños, y adolescentes, la protesta social, entre otros sectores. Dentro de las normativas, sanciones y multas más controvertidas están:
1. La Policía podrá entrar a casas y centros educativos para registrar personas, bienes, así como ingresar a las instituciones educativas cuando hay duda sobre la identidad de la persona; para establecer si porta armas o elementos que ponen en riesgo la convivencia; si hay posibilidad de que la persona haya robado; si la personas posee drogas o sustancias prohibidas; si hay que prevenir alguna conducta contraria a la convivencia.
2. Multas para quienes quemen pólvora. Se aprobaron prohibiciones como el uso de gas pimienta, la pólvora; multas para quienes protagonicen riñas en la calle; actos circenses en las calles.
3. Se establecieron obligaciones como avisar cuándo se va a hacer una protesta social y se disolverá cuando sea pertinente.
4. Prohibido hacer grafitis, recibirán multas y tendrán que reparar los daños, pero no se podrá ejercer el uso de la fuerza por parte de la Policía ni la incautación de los instrumentos que se utilicen, solo por el hecho de hacer el grafiti.
5. No más vendedores ambulantes. Se prohíbe la ocupación del espacio público; se obliga a las autoridades a crear durante los seis meses después de la aprobación de la ley, medidas que garanticen el trabajo de estas personas.
6. Se aprobó la creación de Centros de Refugio Temporal para habitantes de calle que se encuentren en un estado alterado de conciencia.
7. Se otorga facultades a los alcaldes para establecer toques de queda a los niños y adolescentes, incluso de Unicef; con la condición de que el Ministerio Público y el Bienestar Familiar acompañarán la implementación de la medida.
8. Cortarán la luz a los bullosos y que no hagan caso a las autoridades en repetidas ocasiones de no hacer ruido. La multa sería de $184.000 aproximadamente y en caso de persistir el ruido, la autoridad podrá desactivar la fuente de energía temporalmente, si el residente se niega a desactivarlo.
9. Los establecimientos públicos están en la obligación de tener servicio de baño, especialmente para las mujeres en estado de embarazo, niños y adultos mayores.
10. Nadie se puede colar en el Metro o el bus. En las busetas no podrá haber exceso de ruido. La Policía también podrá quitar el equipo, dado que lo pueden hacer porque se estarían incumpliendo las normas de convivencia. Habrá multas de $367.709 (16 salarios mínimos diarios) a quien destruya, manipule, altere o fuerce las puertas o sistemas de acceso en un sistema de transporte masivo (estaciones, buses articulados, metro, tranvía, vehículo férreo, cable aéreo) o vehículos de servicio público o urbano de pasajeros.
11. No más vendedores en los buses. Se sancionará a las personas que estén impidiendo la circulación de los pasajeros ofreciendo bienes o servicios “durante la circulación del medio de transporte”.
12. Habrá multas a quienes impiden el ingreso o salida de mujeres embarazadas en el transporte masivo, adultos mayores, niños y personas con discapacidad; y a quienes transporten mascotas sin cumplir la reglamentación para hacerlo.
13. Podrán recibir amonestaciones o multas quienes no respetan las filas, las sillas preferenciales y no cedan el puesto a personas en condición vulnerable, así como quienes agredan, empujen o irrespeten a quienes se transportan.
14. Sanciones en las redes sociales a quienes invadan la intimidad en las redes sociales o se agreda a las personas. Se aplicarán multas a quienes publiquen material fotográfico de otra persona tomado en lugares privados de $325.328.
14. Habrá multa a las personas que no recojan el excremento de sus mascotas en las vías públicas, o que saquen a sus perros sin collar, lazo ni bozal. Se creará un censo de caninos “especialmente peligrosos”, manejado por las alcaldías y en el que se tiene que consignar el nombre, la identificación, y lugar de ubicación del propietario.
15. Los establecimientos que revendan equipos celulares que hayan sido hurtados, se les podrá imponer el cierre definitivo del establecimiento. Sobre los celulares el Código establece que recibirán multas, amonestaciones o se harán decomisos a quien no registre su equipo con su IMEI. Habrá correctivos para quien solicita o registre mal la información relacionada con las llamadas de los usuarios al reportar el hurto o pérdida de un celular.
16. Se permite a la Policía cerrar moteles o prostíbulos ubicados en las zonas residenciales, suspender fiestas o sellar de manera temporal establecimientos; e incluso establece que las autoridades podrán controlar en las salidas de las salas de cine que las personas que ven las películas cumplan con la clasificación de las cintas.
19. Quién realice necesidades fisiológicas en el espacio público tendrá una sanción de 736.000 pesos. Además, el implicado tendrá que participar en cursos pedagógicos de convivencia.
20. Multa por agredir a un policía o hacer bromas en el 123, con sanciones de $735.418 (32 salarios mínimos diarios) por botar basura en la calle, irrespetar o retar a la autoridad policial, incumplir, desobedecer o interrumpir la labor de un policía, resistirse a la aplicación de una medida o norma, agredir de cualquier manera o lanzar objetos o sustancias a un uniformado y utilizar de manera ilegal la línea telefónica de seguridad y emergencia 123.
21. Quienes agredan física o verbalmente a miembros de la comunidad Lgbti o dificulten el acceso a un centro educativo en razón de su pertenencia a esta comunidad la multa es hasta de $657.000.
23. Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo, serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927 pesos.
Las multas
Serán tipo 1 y 2 son las señaladas para los comportamientos más comunes, como la riña o las agresiones verbales oscilan entre los 4 y los 8 salarios mínimos legales diarios, es decir, entre los $92.000 y los $184.000 aproximadamente, pero hay que destacar que al ciudadano se le brinda la oportunidad de escoger entre el pago de la multa o participar en programa o actividad pedagógica de convivencia.
Las multas generales tipo 3 y 4 son de 16 y 32 salarios mínimos diarios legales vigentes respectivamente. Mientras las multas especiales tipo uno y dos, para eventos y infracciones urbanísticas dependen de la cantidad de gente en los eventos y en la segunda el estrato de los predios. La multa más cara es de $657.000.
El nuevo Código de Policía se comenzará a aplicar dentro de seis meses y en los próximos días será sancionado por el presidente Juan Manuel Santos.
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