La Registraduría Nacional del Estado Civil recuerda a los colombianos que hayan cumplido 18 años y quieran participar en las elecciones del 30 de octubre, que tienen plazo para acudir a cualquier Registraduría del país a tramitar su cédula hasta el 30 de junio.
Los jóvenes que tramiten su cédula en las próximas dos semanas y cumplan en octubre con el derecho ciudadano de sufragar, recibirán el certificado electoral que otorga estímulos para los votantes.
El certificado electoral será entregado una vez el ciudadano haya depositado la tarjeta electoral en la urna el 30 de octubre. Este documento le otorga a los jóvenes descuentos educativos, beneficios en la prestación del servicio militar, en la adquisición de la libreta militar y su duplicado.
Otros beneficios
1. Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
2. Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
3. Beneficios en la adjudicación de becas educativas.
4. Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
5. Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial, en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.
Para votar en octubre los jóvenes deben tramitar la cédula antes del 30 de junio
De acuerdo con el calendario electoral establecido para las elecciones de octubre, la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil suspenderá a partir del 30 de junio la incorporación al censo de las nuevas cédulas de ciudadanía.
Esto significa que las cédulas que se soliciten con posterioridad a esa fecha no ingresarán al censo electoral de octubre y por lo tanto no podrán votar en esa fecha.
Como está estipulado en el artículo 6 de la Ley 6 de 1990 “La preparación de cédulas de ciudadanía se suspenderá 4 meses antes de las respectivas votaciones con el fin de elaborar las listas de sufragantes”.
La producción de la cédula de ciudadanía tarda entre 1 y 4 meses, razón por la cual se espera que todos los ciudadanos que pidan su cédula de primera vez antes del 30 de junio recibirán su documento antes del 30 de octubre y de esta forma podrán ejercer su derecho al sufragio.
Para solicitar la cédula de ciudadanía de primera vez los ciudadanos mayores de 18 años deben acercarse personalmente a la sede de la Registraduría más cercana a su lugar de residencia.
Para realizar el trámite se necesita:
• Haber cumplido la mayoría de edad (18 años)
• Presentar el registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad
• Conocer el grupo sanguíneo y factor RH
• Llevar 3 fotos 4 x 5 fondo blanco o fondo azul en los municipios en donde no hay equipos de enrolamiento automático, conocidos como booking.
• El trámite de la cédula de ciudadanía por primera vez es totalmente gratuito.
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