La Corte Constitucional hizo público el fallo definitivo sobre el proyecto que modifica el Código Nacional de Tránsito, de autoría de la Representante a la Cámara por Bogotá, Gloria Stella Díaz, declarándolo constitucional. La decisión beneficia tanto a conductores particulares como de transporte público.
Esta iniciativa acaba con la duplicidad en el pago de las multas de manera indefinida, consagra descuentos por pronto pago y contempla por un año un beneficio del 50 por ciento para quienes tengan deudas pendientes. Con esta ley, que solo espera la sanción presidencial, se pretende fortalecer los distritos y municipios, aliviar el bolsillo de los ciudadanos y garantizar la seguridad vial del país.
Un importante beneficio para los colombianos es que no se volverá a duplicar el valor de las multas, situación que se presentaba cuando el infractor no comparecía antes del tercer día, pues esta medida fue eliminada del Código.
De esta manera, los conductores infractores tendrán 5 días, después de cometida la infracción, para obtener un descuento del 50 por ciento en el pago de la multa que no se duplica. Si el pago se efectúa del día 6 al día 20, el descuento será del 25 por ciento. Después de este plazo el infractor deberá pagar la totalidad de la sanción. En ningún caso la multa se duplicará.
La reforma contiene también una nueva categoría para algunas infracciones que se castigan más severamente. De allí que, el período de suspensión de la licencia por causa de embriaguez, hoy entre 8 meses y 1 año, se eleve a entre 3 y 10 años.
Finalmente, los conductores que tengan pendiente el pago de multas, sean de servicio público, vehículo particular, o de motocicletas, tendrán la posibilidad de acceder, durante los siguientes 12 meses, a un descuento del 50%.
La congresista Díaz Ortiz señaló que “esto es un alivio para los distritos y municipios, porque hoy en día para cobrar una multa de 250 mil pesos, necesita invertir en todo el proceso cerca de 500 mil pesos”.
Deje su Comentario