Un proyecto de resolución del Ministerio de Salud que regirá desde el primero de enero de 2018 decreta que hay 44 servicios, medicamentos y tecnologías que serán excluidos del Plan de Beneficio de los colombianos y que este momento están contemplados en la Ley Estatutaria de Salud.
La decisión se basa en considerar que estos servicios, medicamentos y tecnologías son de carácter cosmético o estético, además son experimentales, no están aprobados por la entidad regulatoria o se prestan en el exterior.
Exclusiones
Fines estéticos
Quedaron eliminadas las siguientes cirugías estéticas: reducción de párpados (incluso por envejecimiento), aumento de los glúteos, mamoplastia de aumento, levantamiento de senos, rellenos faciales, liposucción y rinoplastia.
Además, saldrán del POS los siguientes productos: cosméticos faciales (incluidos polvo, loción, emulsión), bálsamo para labios, emulsión hidratante corporal y maquillaje.
Servicios
Educación especial, estrategias lúdicas y recreativas, hogares geriátricos, material educativo y nueve terapias para el autismo en la niñez.
Tecnologías
Estas tecnologías ya no estarán en el POS: circuito cerrado de televisión para quienes sufren de ceguera binocular, lámparas para apoyo visual y telescopio.
Medicamentos
Los medicamentos que ya no serán financiados son: anakinra para la artritis reumatoide; condroitina y condroitina sulfato, usada normalmente para problemas con articulaciones y tendones; diacereína, recetada para la artrosis; diazepam, para la eclampsia en el embarazo; glucosamina para la artrosis, entre otras dolencias; y teofilina para el Epoc.
Productos
Finalmente, el Ministerio de Salud eliminó del POS productos como: edulcorantes naturales y artificiales, sustitutos de la sal, intensificadores de sabor, sucralosa, gel antibacterial, toallas higiénicas, pañitos húmedos, papel higiénico, toallas desechables de papel u otros insumos de aseo.
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