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Ahora todos los colombianos serán donantes de órganos

Entró en vigencia en nuestro país la Ley 1805 de 2016, impulsada por el representante Rodrigo Lara que convierte a todos los colombianos en potenciales donadores de órganos. Según datos del Instituto Nacional de Salud (INS) los órganos de alguien fallecido pueden salvar la vida de al menos 55 personas. En Colombia hay cerca de 2.500 pacientes en una agónica lista de espera. Esta normativa permite al Estado disponer de los órganos y tejidos humanos al momento de la muerte, para destinarlos a los bancos existentes.

La Ley dice que: “se presume que se es donante cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento”. De no existir impedimentos legales, los médicos estarán obligados a retirar del cuerpo los órganos que sean aptos para trasplantes, y las familias del fallecido no podrán oponerse a dicho trámite.

Sin embargo la normativa señala una excepción, ya que cada persona puede expresar su deseo de no ser donante a través de un documento autenticado ante notaría y registrado en el Instituto Nacional de Salud o dejar constancia de la oposición al momento de afiliarse a una EPS. “La voluntad de donación expresada en vida por una persona solo puede ser revocada por ella misma y no podrá ser sustituida por sus deudos y/o familiares”, según la ley.

La ley obliga además a los hospitales a “contar con recursos humanos y técnicos idóneos a fin de detectar en tiempo real a los potenciales donantes”. Nuestra ley de regulación establece que el acto de la donación es un acto altruista y voluntario que debe ser gratuito; además la nueva ley establece penas para quienes traigan órganos con fines comerciales”, indica la normativa. Por tal motivo, también manifiesta que los tejidos conseguidos para el banco de órganos, no podrán ser donados a ciudadanos extranjeros. De esta forma, la ley establece que el tráfico de órganos o tejidos, además el uso y disposición inadecuada de ellos serán castigados con penas entre 3 y 6 años de cárcel.

Cuando se debatió esa normativa legal en el legislativo nacional, este fue cuestionado por sectores del Congreso, quienes durante el trámite de debate consideraron que esa donación no puede imponerse de parte del Estado, sino que debe ser voluntaria. Otros congresistas argumentaron que se trata de un acto profundamente humano, detrás del cual hay rostros y seres esperanzados en recibir la donación de un órgano porque le puede salvar la vida.



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Esta historia fue escrita por Luis Moreno y publicada el lunes, febrero 6, 2017 y está archivada en la(s) sección(es) Antonio Nariño, Barrios Unidos, Bosa, Candelaria, Chapinero, Ciudad Bolívar, Engativá, Fontibón, Kennedy, Mártires, Noticias Generales, Puente Aranda, Rafael Uribe, Salud, San Cristobal, Santa Fe, Suba, Sumapaz, Teusaquillo, Tunjuelito, Usaquén, Usme. Usted puede seguir las respuestas y comentarios a través del RSS 2.0 "feed". Puede dejar su comentario, o trackback de su propio sitio web.
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