La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá mantiene la prohibición a los vehículos de tracción animal de transitar en vías principales en horas pico, así como la obligatoriedad en la instalación de dos señales reflectivas (triángulos o rectángulos) en la parte posterior del vehículo, el uso de chaleco reflectivo, el porte del equipo de seguridad y carretera, el bloqueo con tacos de madera de la carreta cuando se encuentre estacionada, la utilización de coberturas para evitar el escape de sustancias al aire y la carga máxima autorizada.
Sin embargo hace falta más difusión de la normatividad precisa para el transito de las llamadas «zorras» por la capital. Es indispensable que quienes las conducen estén enterados que hay condiciones claras para los animales de tiro, que hay una licencia de transito y una de conducción, que los aperos o elementos de uso del animal son de obligatorio cumplimiento, que un gato o una cruceta no son exclusivos de los carros si no que estos vehículos deben llevarlos, que hay una placa y un chaleco y que hay vías para transitar con un pico y placa determinado.
En una ciudad o mejor en una mega ciudad única como Bogotá con problemas de movilidad y con un transporte tan particular como el de los semovientes, las tareas de información y pedagogía deben ser más rutinarias y frecuentes.
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