El director del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER), ingeniero Javier Pava Sánchez, destacó el fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el que ordenó a la Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital Metrovivienda abstenerse de edificar el proyecto denominado “Ciudadela Campo Verde”, zona declarada como de amenaza alta de inundación por desbordamiento.
“El fallo acoge las recomendaciones formuladas por FOPAE hoy IDIGER, mediante Concepto Técnico CT-6649 de 2013 y el CT- 7085 de 2013 (Adendo No. 1), en donde se establece que la zonificación de amenaza de inundación por desbordamiento para el polígono del Plan Parcial Campo Verde está localizado un 57% del área en una zona de amenaza alta, mientras que el 43% está en zona media de inundación por desbordamiento de los ríos Bogotá y Tunjuelo”, explicó Pava Sánchez.
De igual manera, el funcionario añadió que el concepto indica que la zona de amenaza alta es objeto de restricción del uso y ocupación del suelo, por lo que en dicha zona no se podrán adelantar procesos de urbanización, pero la zona de amenaza media está sujeta a la implementación y funcionamiento de medidas estructurales y no estructurales de mitigación que permitieron el desarrollo del Plan Parcial Ciudadela Campo Verde que ofrece 3.600 soluciones de Vivienda de Interés Prioritario (VIP) para la ciudad.
Según el concepto emitido por el IDIGER el Plan Parcial Campo Verde se encuentra localizado en una zona de amenaza alta y media de inundación por desbordamiento.
“El Plan Parcial Campo Verde tiene características especiales debido a su localización geográfica y topográfica por encontrarse en la llanura aluvial del río Bogotá y en la confluencia de los ríos Bogotá y Tunjuelo que lo hacen vulnerable a eventos de inundación debido a las características topográficas del predio, ante una posible falla funcional de los jarillones o un desborde causado por la baja capacidad hidráulica”, precisó el Director del IDIGER.
Pava Sánchez, recordó que en su momento se revisaron los antecedentes para tener elementos de juicio y el resultado del análisis arrojó que la única medida para aplicar en la zona, era el manejo integral de la cuenca del rio.
En el mismo fallo, el Tribunal Administrativo eleva las siguientes pretensiones: “Se paren las obras que afectan el ecosistema y en especial los proyectos sobre espejos de agua y conductores de esta, ya que todo está dirigido a los ríos Tunjuelo y Bogotá”.
Deje su Comentario