El Consejo de Estado ha ordenado al Ministerio de Salud que expida una reglamentación para que las bebidas energizantes aclaren en su publicidad y empaques, que pueden ser nocivas para la salud de menores de edad y de mujeres embarazadas. El Tribunal dio nueve meses a la cartera de salud para que dé cumplimiento a la orden impartida y determinó que el Invima debe vigilar el cumplimiento de esa reglamentación.
Este fue el resultado de una acción de grupo presentada en contra de Red Bull Colombia SAS, el Invima y el Minsalud, cuyo ponente es el magistrado de la Sección Primera, Guillermo Vargas Ayala.
Según explicó el abogado demandante, Herman Gustavo Garrido, la idea es que en sus rótulos, las bebidas energizantes adviertan los riesgos para menores de edad, madres lactantes y mujeres embarazadas.
El Consejo de Estado precisó que la decisión se tomó debido a la falta de información que se obliga a ofrecer a las empresas sobre los riesgos que puede generar en algunas personas el consumo de las bebidas energizantes. “Pueden tener un efecto negativo sobre la salud si se sobrepasan las dosis equivalentes de cafeína recomendadas internacionalmente”, dice el fallo.
¿Qué son bebidas energizantes?
Son compuestos sin alcohol y con algunas virtudes estimulantes que desde hace más de una década vienen ganando participación en el mercado. Contienen cafeína, taurina, guaraná, vitaminas y azucares o endulzantes, cuyo propósito y propaganda es aumentar la energía, la vitalidad y mantener despierto a quien la consume.
Están prohibidas para la primera infancia y en niños mayores de 12 años se advierte del riesgo de intoxicación que también existe, así que conviene ser claros en desaconsejar su consumo por parte de ellos.
¿Qué dice la Ley en Colombia?
La Resolución 4150 de 2009, del Ministerio de la Protección Social indica:
Artículo 10: Prohibiciones generales
Anunciar las bebidas energizantes como bebidas recuperadoras de líquidos y electrólitos, o como bebidas cuya función nutricional es el reemplazo de líquidos y electrólitos.
Anunciar las bebidas energizantes como productoras de bienestar o salud.
Artículo 14, Leyendas exigibles en medios de publicidad: «En cualquier medio de publicidad, las bebidas energizantes deben incluir:
Contenido elevado en cafeína, expresado en mg/100ml
La bebida energizante no previene los efectos generados por el consumo de bebidas alcohólicas
No se recomienda el consumo de bebidas energizantes con alcohol
Este producto solo podrá ser comercializado, expendido y dirigido a población mayor de 14 años
Tenga en cuenta que las bebidas energéticas…
1. No eliminan la fatiga ni el agotamiento, sólo inhiben temporalmente esas sensaciones. Parte de la sensación de bienestar que producen se da por la acción de sustancias psicoactivas (como la cafeína) que actúan sobre el sistema nervioso central inhibiendo la sensación de fatiga o cansancio.
2. Nunca se deben tomar con alcohol porque el alcohol es un depresor de sistema nervioso y las bebidas energéticas un estimulante, razón por la cual al ser mezcladas pueden provocar arritmia cardíaca. Adicionalmente la cafeína al inhibir la acción del alcohol puede inducir a un consumo mayor de este, aumentando sus consecuencias negativas.
3. No son recomendables para mujeres embarazadas.
4. No se deben confundir con bebidas re-hidratantes ni con otro tipo de bebidas como las gaseosas, ya que los energizantes al ser diuréticos, aumentan la deshidratación.
5. Aunque no son tan nocivas y adictivas como las bebidas alcohólicas, pueden generar dependencia física pues es fácil que una persona se acostumbre a los efectos y empiece a aumentar su consumo.
6. El expendio de estas bebidas a menores de 14 años en Colombia no sólo es inconveniente sino ilegal
7. Muchas investigaciones relacionan el marketing agresivo de este tipo de bebidas con el incremento de su consumo en niños, enséñele a sus hijos a reconocer los contenidos de la publicidad y los medios de comunicación.
De echo nosotros los adultos tenemos algo de culpa al no explicarle a los chiquillos para que es y si esta bien o msl consumirlo