Al resolver el recurso de reposición interpuesto por el apoderado del alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Francisco Petro Urrego, el pasado viernes 25 de agosto, los Registradores Distritales confirmaron mediante Resolución 1209 el contenido de la Resolución 1019 expedida el 31 de julio de 2013 en la que se certifica que las firmas válidas entregadas para solicitar la revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá, superan el mínimo legal exigido y por lo tanto los ciudadanos pueden ser convocados a las urnas.
En la Resolución 1209 expedida hoy se decide “confirmar en todas sus partes la Resolución 1019 del 31 de julio de 2013 “por la cual se certifica el cumplimiento de los requisitos legales y constitucionales para convocar a las votaciones con fines de revocatoria de mandato en Bogotá”.
Así mismo se resuelve “conceder el recurso de apelación ante el señor Registrador Nacional del Estado Civil” y remitir el recurso de apelación presentado junto con el expediente de la actuación administrativa al señor Registrador Nacional del Estado Civil, para lo de su competencia.
Por su parte, el abogado Luis Fontalvo, quien defiende los intereses del alcalde de Bogotá, anunció que en los próximos días presentará un recurso de apelación en contra de la decisión de la Registraduría Distrital de confirmar la validez de las firmas recogidas en el proceso que busca convocar un referendo para revocar el mandato del mandatario distrital.
La Resolución 1019 del 31 de julio de 2013, que fue confirmada, señala que Luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral al informe entregado el 22 de julio por el equipo de grafólogos designados por el alcalde de Bogotá se estableció que de los 630.623 apoyos revisados, fueron anulados 275.270 y en total quedan 355.353 apoyos válidos. Para convocar a las urnas se requieren 289.263.
Mientras la Registraduría anuncia que existen 355.353 firmas válidas, el jurista Fontalvo indicó que se pedirá la revisión de 212 mil firmas que fueron validadas sin que cumpliesen todos los requisitos exigidos para este tipo de casos ya que presentan datos «incompletos, falsos y erróneos» por lo que considera que se están presentando serias irregularidades.
En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes. De esa cantidad de votantes, la mitad más uno (617.107) deben votar ‘sí’ para que Petro salga del Palacio Liévano. De ser así, sería la primera vez que esta figura constitucional se estrena en el país, pues hasta ahora 38 procesos similares se han convocado en otros municipios y ninguno ha prosperado.
La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.
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